miércoles, 5 de octubre de 2016
miércoles, 6 de julio de 2016
SENIORCONTA
Se llama software contable a los programas de contabilidad o paquetes contables, destinados a sistematizar y simplificar las tareas de contabilidad. El software contable registra y procesa las transacciones históricas que se generan en una empresa o actividad productiva: las funciones de compras, ventas, cuentas por cobrar, cuentas por pagar, control de inventarios, balances, producción de artículos, nóminas, etc. Para ello sólo hay que ingresar la información requerida, como las pólizas contables, ingresos y egresos, y hacer que el programa realice los cálculos necesarios.
Estas funciones pueden ser basta de sacar las ediciones desarrolladas internamente por la compañía o la organización que lo está utilizando o puede ser adquirido a un tercero, existiendo también una combinación de ambas alternativas, es decir, un paquete de software desarrollado por un tercero con modificaciones locales.
El mercado ha experimentado una consolidación considerable desde mediados de la década de 1990, con muchos proveedores dejando de operar o siendo comprados por grupos más grandes. Desde el 2000 ha tenido un notable incremento el uso de soluciones de código abierto.
Programa de contabilidad gratuito pensado para las PYMES.
SeniorConta es un programa de gestión contable diseñado con las siguientes características:
Multiusuario, Multiempresa, Multiejercicio, Multiserie y Multidivisa. Permite múltiples usuarios en red (dependiendo de la licencia) usuarios remotos, hasta 1000 empresas, hasta 100 ejercicios por empresa y múltiples series aplicables a facturas expedidas y recibidas.
Informes y listados. Incluye un extenso número de listados y informes que facilitan la gestión administrativa. Los listados son generados por pantalla, impresora o exportados a ficheros para su manejo en Excel, Calc, Texto o PDF etc. Además genera las facturas de servicios en formato PDF.
Interfaz de usuario rápido e intuitivo. La operativa del programa está pensada, analizada y gestionada para una mayor funcionalidad y un aprendizaje fácil y lógico de usar. Optimizado el uso por teclado (teclas rápidas) y ratón.
Seguridad y control de acceso. Permite múltiples niveles en el acceso a la información restringiendo el acceso a los datos, empresas o procesos por cada usuario de la aplicación incluso ocultando información.
Búsquedas incrementales o mediante filtros de selección.
Importación y Exportación de ficheros a distintos programas y formatos.
Copias de seguridad parametrizables con compresión de datos zip.
Interfaz intuitivo, de fácil manejo y de muy corto tiempo de aprendizaje, especialmente diseñado para poder ser usado íntegramente desde el teclado, sin dependencia del ratón.
Herramientas de diagnóstico. Es capaz de detectar cuentas inexistentes, descuadres, saldos de clientes y proveedores descuadrados con la cartera efectos, descuadres de facturas expedidas y recibidas con la cartera de efectos consiguiendo en pocos segundos poder buscar dicha información y evitar tener que hacerlo de una forma manual.
Copias de seguridad. Potente sistema de copias y restauración de las diferentes empresas y ejercicios con compresión de los datos y claves de seguridad, con copias a espacio FTP.
martes, 5 de julio de 2016
SIAF Y ESTADOS FINANCIEROS
Es el Sistema Integrado de Administración Financiera, es un sistema informático que permite administrar, mejorar y supervisar las operaciones de ingresos y gastos de las Entidades del Estado, además de permitir la integración de los procesos presupuestarios, contables y de tesorería de cada entidad.
Todos estos datos son transmitidos al MEF (Ministerio de Economía y Finanzas), cabe destacar que esta información también se utiliza para la elaboración de reportes y registros de otros Organismos del Estado Peruano, por ejemplo, la Dirección General de Presupuesto Público, la Dirección General de Tesoro Público y la Dirección General de Contabilidad Pública.
En el SIAF se registra la siguiente información:
. Fecha en que se realizó la operación
. ¿Quién recibió el pago?
. El concepto de gasto o ingreso
. ¿Quién realizó el gasto?
.La fuente de financiamiento que se utilizó
. ¿Cuál es el proyecto en que se realizó el gasto?
.Concepto por el cual se recaudaron los fondos
.La fuente de financiamiento por el cual se recaudan fondos
. Fechas de recaudación y depósito de los fondos
ESTADOS FINANCIEROS
Balance de Situación: También se conoce como un balance general o balance contable, informa sobre los activos de una empresa, pasivos y patrimonio neto o fondos propios en un punto momento dado.
Cuenta de Resultados: También se le conoce como cuenta de pérdidas y ganancias e informa sobre los ingresos de una empresa, los gastos y las ganancias o pérdidas en un período de tiempo. Incluye por tanto las ventas y los diversos gastos en que ha incurrido para conseguirlas.
Estado de Cambios en el Patrimonio Neto: Explica los cambios en los fondos propios o patrimonio neto de la empresa durante el período que se examina.
Informe de Gestión: Consiste en una explicación y análisis de los datos más significativos de los estados anteriores y de las decisiones que han llevado a ellos, así como de las decisiones y expectativas de la organización para el futuro.
El Estado de Flujos de Efectivo: El estado de flujos de efectivo está incluido en los estados financieros básicos que deben preparar las empresas para cumplir con la normatividad y reglamentos institucionales de cada país. Este provee información importante para los administradores del negocio y surge como respuesta a la necesidad de determinar la salida de recursos en un momento determinado, como también un análisis proyectivo para sustentar la toma de decisiones en las actividades financieras, operacionales, administrativas y comerciales. Informa sobre los movimientos de flujos de efectivo de la empresa en contraposición con la cuenta de resultados que utiliza el criterio del devengo y no tiene en cuenta los movimientos ocasionados por la inversión y financiación.
Estado de cambios en la situación financiera: El objetivo es proporcionar información relevante y concentrada en un periodo, para que los usuarios de los estados financieros tengan elementos suficientes para:
a) Evaluar la capacidad de la empresa para generar recursos.
b) Evaluar las razones de las diferencias entre la utilidad neta y los recursos generados o utilizados por la operación.
c) Evaluar las capacidades de la empresa para cumplir con sus obligaciones, para pagar dividendos, y en su caso, para anticipar la necesidad de obtener financiamiento.
d) Evaluar los cambios experimentados en la situación financiera de la empresa derivados de transacciones de inversión y financiamiento ocurridos durante el periodo.
El estado financiero básico muestra (en soles) los recursos generados o utilizados en la operación, los principales cambios ocurridos en la estructura financiera de la entidad y su reflejo final en el efectivo e inversiones temporales a través de un periodo determinado.
SOFTWARE CONTABLE CONCAR
Se llama software contable a los programas de contabilidad o paquetes contables, destinados a sistematizar y simplificar las tareas de contabilidad. El software contable registra y procesa las transacciones históricas que se generan en una empresa o actividad productiva: las funciones de compras, ventas, cuentas por cobrar, cuentas por pagar, control de inventarios, balances, producción de artículos, nóminas, etc. Para ello sólo hay que ingresar la información requerida, como las pólizas contables, ingresos y egresos, y hacer que el programa realice los cálculos necesarios.
Estas funciones pueden ser basta de sacar las ediciones desarrolladas internamente por la compañía o la organización que lo está utilizando o puede ser adquirido a un tercero, existiendo también una combinación de ambas alternativas, es decir, un paquete de software desarrollado por un tercero con modificaciones locales.
El mercado ha experimentado una consolidación considerable desde mediados de la década de 1990, con muchos proveedores dejando de operar o siendo comprados por grupos más grandes. Desde el 2000 ha tenido un notable incremento el uso de soluciones de código abierto
TIPOS DE CONTABILIDAD
Contabilidad financiera: Sistema de información orientado a proporcionar información a terceras personas relacionadas con la empresa, como accionistas, instituciones de crédito, inversionistas, etc. con el fin de facilitar sus decisiones.
Contabilidad fiscal: Sistema de información orientado a dar cumplimiento a las obligaciones tributarias de las organizaciones.
Contabilidad administrativa: Servicio de información que facilitan las necesidades de la administración, destinada a facilitar las funciones de planificación, control y toma de decisiones.
CONCAR: El software Contable/Financiero más usado y reconocido por el mercado nacional
Real Systems S.A. creadores de CONCAR, ha desarrollado esta herramienta para agilizar y simplificar el trabajo contable permitiendo obtener información gerencial, analítica, operativa y tributaria en tiempo real.
Está dirigido a empresas de todo giro de negocio. Disponible en las versiones: Standard, Trimoneda, Internacional.
CONCAR software Contable-Financiero es el núcleo de la solución integral, obteniendo información desde los módulos complementarios que detallamos a continuación:
Gestión de Clientes – RS CRM
Órdenes de Producción y Costos – RS PRODUCT
Comercial Logístico – SOFTCOM
Cuentas por Pagar – SISPAG
Planillas – PLACAR
Logística – SISLOG
Retenciones – MODRET
Control de Activo Fijo – RS ACTIVO FIJO
Liquidaciones de Compra – RS SISLIQ
Flujo de Caja – RS FLUJO NET
La versión CONCAR CB emite los estados financieros en soles y dólares, la versión CONCAR Internacional adicionalmente en una tercera moneda.
Con un solo Plan de Cuentas pueden trabajar múltiples compañías, uniformizando de esta manera la información de grupos empresariales.
El sistema les otorga un alto grado de autonomía a los usuarios para adecuar el sistema a sus necesidades, ya que los parámetros son manejados por medio del plan de cuentas y tablas complementarias, las cuentas contables soportan hasta 12 dígitos.
El software ha sido diseñado para disponer de una herramienta ágil, útil, y amigable al usuario para apoyar la gestión empresarial y simplificar el trabajo.
Su entorno de trabajo es en ambiente visual, el cual con su nueva tecnología aprovecha al máximo los recursos del computador y permite obtener información en forma rápida y eficaz.
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES:
FLEXIBILIDAD DEL SISTEMA
El sistema puede aplicarse a empresas industriales, comerciales, servicios, financieras, navieras, constructoras y en general todos los giros de negocios. Con un solo Plan de Cuentas pueden trabajar múltiples compañías, uniformizando de esta manera la información de grupos empresariales. El sistema le otorga un alto grado de autonomía a los usuarios para adecuar el sistema a sus necesidades, ya que los parámetros son manejados por medio del Plan de cuenta y tablas complementarias, las cuentas contables soportan hasta 08 dígitos.
ESTADOS FINANCIEROS Y ANÁLISIS DE CUENTAS EN SOLES Y DOLARES
El sistema emite los cuatro Estados Financieros obligatorios, libros y reportes de análisis de cuentas son emitidos en moneda nacional y dólares. Para fines de ley los reportes pueden emitirse solo en moneda nacional.
ESTADOS DE CUENTA DE CLIENTES, PROVEEDORES Y OTROS
Existen consultas y reportes de los documentos pendientes de clientes, proveedores, socios, empleados y otros anexos que pueden crearse libremente de acuerdo a las necesidades.
Las cuentas que requieren este nivel de análisis son indicadas por el usuario en forma libre. Los reportes de pendientes se pueden generar son saldo a cualquier fecha, sin necesidad de generar procesos previos. Los clientes, proveedores u otros pueden ser codificados por el RUC, o por un código interno de la empresa, y las opciones de búsqueda están en función al código o al nombre de la empresa.
REPORTES POR CENTROS DE COSTOS
El uso de los centros de costos tiene múltiples aplicaciones, se pueden generar información por departamentos, unidades de negocio, proyectos, procesos productivos, etc. Y son habilitadas para las cuentas de ingresos y egresos. El código de centro de costo puede tener 6 dígitos o letras.
VARIEDAD DE REPORTES COMPLEMENTARIOS
Existen opciones de reportes configurables por el usuario tales como Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Centro de Costos, Análisis de cuentas, Reporte de Ingresos y Gastos, Movimientos de áreas.
REGISTRO DE COMPROBANTES DE VARIOS MESES EN FORMA SIMULTÁNEA
El sistema permite registrar los comprobantes de diferentes meses en forma simultánea sin tener que efectuar cierres. Esto es importante ya que se agiliza el ingreso de datos, permitiendo obtener la información oportunamente.
REGISTRO DE COMPROBANTES DIRECTAMENTE EN EL SISTEMA
Los comprobantes pueden crearse directamente en el computador sin tener que previamente codificarse en formatos manuales, y el sistema los numera automáticamente. Posteriormente los comprobantes registrados se pueden imprimir en formularios continuos simples para ser adjuntados al documento original. También se puede registrar comprobantes previamente codificados y con numeración manual.. El sistema efectúa la validación de datos conforme se van registrando minimizando los errores y al terminar el comprobante se controla que cuadre pudiéndose dejar pendiente.
EMISIÓN DE CHEQUE-VOUCHER
El software permite generar los comprobantes de cheques e imprimir el Cheque-Voucher o los vouchers de cheque manuales, Emite reportes de cheques girados por bancos y proveedores, todos con opción de seleccionar el de rango de fechas.
CARGA DE ASIENTOS AUTOMÁTICOS DESDE OTROS SISTEMAS
Permite incorporar con una opción los asientos contables automáticos producidos por otros sistemas de terceros evitando así la doble digitación.
GENERACIÓN DE ASIENTOS DE CIERRE Y APERTURA
El sistema permite generar el forma automática los asientos de cierre y apertura del ejercicio, mediante la configuración de una plantilla general según la configuración del Plan de Cuentas.
CONVERSIÓN AUTOMÁTICA DE ASIENTOS SEGÚN LA MONEDA
Los comprobantes pueden ser ingresados en dólares, moneda nacional u otra moneda, según la moneda original de la operación y el sistema los convierten a moneda nacional y dólares de acuerdo a la Tabla de tipo de cambio diario o según el tipo de cambio en particular que se desee. Opcionalmente se puede indicar al sistema que no efectúe la conversión de un comprobante.
REGULARIZACIÓN Y AJUSTE AUTOMÁTICO DE DIFERENCIAS DE CAMBIO
El sistema regulariza mediante un asiento los documentos en moneda nacional o dólares ya cancelados a los que no se les aplicó el ajuste por diferencia de cambio al momento de cancelarlos, simplificando el trabajo.
También genera un asiento automático de las diferencias de cambio de acuerdo al FASB 52, al tipo de cambio cierre del mes y por las cuentas especificadas según el criterio que se le indique.
GENERACION DE CUENTAS AUTOMATICAS
El sistema genera cuentas automáticas de dos formas:
Directamente en el Plan de Cuentas, en donde se indican el cargo y abono automático por cada cuenta.
Por la Tabla de Transferencia de la 6 a la 9 con abono a 79, en base al centro de costo, pudiéndose establecer en estos casos distribuciones porcentuales sobre los gastos fijos del mes.
CONCILIACION BANCARIA AUTOMATICA
El sistema realiza la conciliación de los documentos bancaria en forma automática según la moneda de la cuenta corriente. Los documentos que no concilian pueden regularizarse manualmente. Para realizar la conciliación deben ingresarse los movimientos de los estados de cuenta bancarios, este ingreso se puede generar en forma manual o vía carga de información desde el archivo del extracto bancario (si el cliente cuenta con este servicio del banco).
PRESUPUESTO POR CENTRO DE COSTO O PROYECTO
Existen dos opciones para registrar el presupuesto:
Por cada centro de costo, mes y cuenta, para que el sistema controle su ejecución en base a los movimientos contables automáticamente.
Por proyecto, mes y partida presupuestal, para ello el sistema cuenta con un mantenimiento de proyectos y anexos que se configurar libremente por el usuario y son ejecutadas de acuerdos a los comprobantes registrados.
ARCHIVOS PARA SUNAT
El sistema permite generar diversos archivos de migración para la SUNAT, tales como:
PDT Honorarios: El sistema generará el archivo de texto correspondiente para importarlo al PDT conforme se van contabilizando los Recibos de Honorarios.
PDT DAOT Compras – Ventas: Genera en forma automática el archivo para las Operaciones con terceros de Compras y Ventas, permitiendo filtrar las operaciones que excedan el tope especificado por SUNAT.
PDB Exportadores – Reintegro tributario: Herramienta indispensable para empresas exportadoras que soliciten el reintegro tributario, genera el archivo de texto de acuerdo a las compras y ventas efectuadas en el mes.
PDT Renta Anual: Dirigido a PRICOS que son designadas por SUNAT para presentar el Balance de Comprobación Anual según el plan de cuentas establecido a 04 dígitos.
VISUALIZACION DE INFORMACION EN PANTALLA
Los reportes pueden visualizarse en la pantalla antes de imprimirse. Esta facilidad permite un significativo ahorro de papel y de tiempo de impresión ya que solo deben imprimirse los reportes definitivos y no los borradores. Todas las bases de datos pueden ser consultadas amigablemente.
TRANSFERENCIA DE REPORTES A EXCEL
ESTADOS DE CUENTA DE CLIENTES, PROVEEDORES Y OTROS
Existen consultas y reportes de los documentos pendientes de clientes, proveedores, socios, empleados y otros anexos que pueden crearse libremente de acuerdo a las necesidades.
Las cuentas que requieren este nivel de análisis son indicadas por el usuario en forma libre. Los reportes de pendientes se pueden generar son saldo a cualquier fecha, sin necesidad de generar procesos previos. Los clientes, proveedores u otros pueden ser codificados por el RUC, o por un código interno de la empresa, y las opciones de búsqueda están en función al código o al nombre de la empresa.
REPORTES POR CENTROS DE COSTOS
El uso de los centros de costos tiene múltiples aplicaciones, se pueden generar información por departamentos, unidades de negocio, proyectos, procesos productivos, etc. Y son habilitadas para las cuentas de ingresos y egresos. El código de centro de costo puede tener 6 dígitos o letras.
VARIEDAD DE REPORTES COMPLEMENTARIOS
Existen opciones de reportes configurables por el usuario tales como Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Centro de Costos, Análisis de cuentas, Reporte de Ingresos y Gastos, Movimientos de áreas.
REGISTRO DE COMPROBANTES DE VARIOS MESES EN FORMA SIMULTÁNEA
El sistema permite registrar los comprobantes de diferentes meses en forma simultánea sin tener que efectuar cierres. Esto es importante ya que se agiliza el ingreso de datos, permitiendo obtener la información oportunamente.
REGISTRO DE COMPROBANTES DIRECTAMENTE EN EL SISTEMA
Los comprobantes pueden crearse directamente en el computador sin tener que previamente codificarse en formatos manuales, y el sistema los numera automáticamente. Posteriormente los comprobantes registrados se pueden imprimir en formularios continuos simples para ser adjuntados al documento original. También se puede registrar comprobantes previamente codificados y con numeración manual.. El sistema efectúa la validación de datos conforme se van registrando minimizando los errores y al terminar el comprobante se controla que cuadre pudiéndose dejar pendiente.
EMISIÓN DE CHEQUE-VOUCHER
El software permite generar los comprobantes de cheques e imprimir el Cheque-Voucher o los vouchers de cheque manuales, Emite reportes de cheques girados por bancos y proveedores, todos con opción de seleccionar el de rango de fechas.
CARGA DE ASIENTOS AUTOMÁTICOS DESDE OTROS SISTEMAS
Permite incorporar con una opción los asientos contables automáticos producidos por otros sistemas de terceros evitando así la doble digitación.
GENERACIÓN DE ASIENTOS DE CIERRE Y APERTURA
El sistema permite generar el forma automática los asientos de cierre y apertura del ejercicio, mediante la configuración de una plantilla general según la configuración del Plan de Cuentas.
CONVERSIÓN AUTOMÁTICA DE ASIENTOS SEGÚN LA MONEDA
Los comprobantes pueden ser ingresados en dólares, moneda nacional u otra moneda, según la moneda original de la operación y el sistema los convierten a moneda nacional y dólares de acuerdo a la Tabla de tipo de cambio diario o según el tipo de cambio en particular que se desee. Opcionalmente se puede indicar al sistema que no efectúe la conversión de un comprobante.
REGULARIZACIÓN Y AJUSTE AUTOMÁTICO DE DIFERENCIAS DE CAMBIO
El sistema regulariza mediante un asiento los documentos en moneda nacional o dólares ya cancelados a los que no se les aplicó el ajuste por diferencia de cambio al momento de cancelarlos, simplificando el trabajo.
También genera un asiento automático de las diferencias de cambio de acuerdo al FASB 52, al tipo de cambio cierre del mes y por las cuentas especificadas según el criterio que se le indique.
GENERACION DE CUENTAS AUTOMATICAS
El sistema genera cuentas automáticas de dos formas:
Directamente en el Plan de Cuentas, en donde se indican el cargo y abono automático por cada cuenta.
Por la Tabla de Transferencia de la 6 a la 9 con abono a 79, en base al centro de costo, pudiéndose establecer en estos casos distribuciones porcentuales sobre los gastos fijos del mes.
CONCILIACION BANCARIA AUTOMATICA
El sistema realiza la conciliación de los documentos bancaria en forma automática según la moneda de la cuenta corriente. Los documentos que no concilian pueden regularizarse manualmente. Para realizar la conciliación deben ingresarse los movimientos de los estados de cuenta bancarios, este ingreso se puede generar en forma manual o vía carga de información desde el archivo del extracto bancario (si el cliente cuenta con este servicio del banco).
PRESUPUESTO POR CENTRO DE COSTO O PROYECTO
Existen dos opciones para registrar el presupuesto:
Por cada centro de costo, mes y cuenta, para que el sistema controle su ejecución en base a los movimientos contables automáticamente.
Por proyecto, mes y partida presupuestal, para ello el sistema cuenta con un mantenimiento de proyectos y anexos que se configurar libremente por el usuario y son ejecutadas de acuerdos a los comprobantes registrados.
ARCHIVOS PARA SUNAT
El sistema permite generar diversos archivos de migración para la SUNAT, tales como:
PDT Honorarios: El sistema generará el archivo de texto correspondiente para importarlo al PDT conforme se van contabilizando los Recibos de Honorarios.
PDT DAOT Compras – Ventas: Genera en forma automática el archivo para las Operaciones con terceros de Compras y Ventas, permitiendo filtrar las operaciones que excedan el tope especificado por SUNAT.
PDB Exportadores – Reintegro tributario: Herramienta indispensable para empresas exportadoras que soliciten el reintegro tributario, genera el archivo de texto de acuerdo a las compras y ventas efectuadas en el mes.
PDT Renta Anual: Dirigido a PRICOS que son designadas por SUNAT para presentar el Balance de Comprobación Anual según el plan de cuentas establecido a 04 dígitos.
VISUALIZACION DE INFORMACION EN PANTALLA
Los reportes pueden visualizarse en la pantalla antes de imprimirse. Esta facilidad permite un significativo ahorro de papel y de tiempo de impresión ya que solo deben imprimirse los reportes definitivos y no los borradores. Todas las bases de datos pueden ser consultadas amigablemente.
TRANSFERENCIA DE REPORTES A EXCEL
El sistema permite exportar a Excel los principales reportes del sistema.
AJUSTE POR INFLACION
El proceso de ajuste por inflación se puede configurar de manera amigable en el módulo de ajuste. Este cuenta con diferentes características así como el mantenimiento de índices de inflación, las cuentas de ajuste ACM y la generación de asientos contables.
ARCHIVO HISTORICO DE REPORTES EN DISCO
Los reportes pueden ser archivados el disco para posteriormente emitir una copia o visualizarlo en pantalla permitiendo de esta manera disponer de información de meses anteriores para la Gerencia o Auditores, sin tener que efectuar reproceso que demandan tiempo.
VERSIONES PARA REDES Y MONOUSUARIO
Hay versiones para trabajo en PC Monousuario y también para redes locales.
SIMPLICIDAD DE INSTALACIÓN Y OPERACIÓN
El sistema es simple de instalar. La asesoría que se brinda así como el Manual del Usuario permite una rápida asimilación por parte del personal.
MÓDULOS
Módulo de Retenciones MODRET
El Modulo de Retenciones MODRET es una herramienta que está dirigida a todas aquellas empresas que han sido designadas como Agentes Retenedores por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT.
El objetivo del software es simplificar el trabajo de los agentes retenedores permitiendo mantener los registros necesarios para identificar los documentos y proveedores sujetos de retención, ejecutar el cálculo automático de las retenciones al momento del pago, canjes y regularizaciones, realizar la afectación contable, emitir los Comprobantes de Retención y el Libro de Retenciones, así como la generación directa con el PDT de retenciones SUNAT.
Módulo Financiero y de Presupuestos SISFIN
El módulo financiero diseñado para el control de información en detalle y analítica para el control de proyectos y gastos que involucran la ejecución del mismo
Este módulo trabaja en conjunto con la Contabilidad CONCAR para el registro de comprobantes. Es decir en CONCAR se puede digitar un comprobante y en el módulo financiero alimentar la información financiera de ese comprobante.
Software Comercial Integrado MODCOM
El principal objetivo del software Comercial Integral, es de administrar el giro comercial de una empresa, permitiendo automatizar lo referente al control físico del almacén, ventas y la gestión de cobranzas.
Software de Almacenes e Inventarios SISALM
El principal objetivo del software de Control de Almacenes, es de mantener actualizados los stocks físico y valorizado de los artículos en los diferentes almacenes de la compañía.
Software de Facturación y Ventas SISVEN
El objetivo de este software es apoyar la Gestión Comercial de la Empresa, brindando información actualizada sobre las ventas.
Software de Planillas PLACAR
El principal objetivo del software de Planillas es el mantener actualizada la información del personal, efectuar los cálculos de la planilla automáticamente y emitir los reportes para los fines de pago y de ley relacionados con los trabajadores, reduciendo el trabajo manual y mejorando la precisión en los resultados.
VERSIONES DEL CONCAR
CONCAR CB
Para pequeños y medianos negocios, estudios contables y contadores independientes.
CONCAR SQL
Para medianos y grandes negocios.
CONCAR SQL INTERNACIONAL
Para empresas que deben trabajar localmente con el plan de cuentas nacional y reportar a la casa matriz en el plan de cuentas corporativo
CONCAR SQL TRI-MONEDA
Para empresas corporativas que deben reportar sus estados financieros en una tercera moneda adicional a moneda local y dólares, como Euros, yuanes, pesos etc. Incluye las opciones del
sábado, 18 de junio de 2016
NIC´S Y NIIF
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 1 (NIC 1)
Presentación de estados financieros
Esta Norma revisada sustituye a la NIC 1 (revisada en 1997) Presentación de estados financieros y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada.
El Objetivo
El objetivo de esta Norma consiste en establecer las bases para la presentación de los estados financieros con propósitos de información general, a fin de asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma entidad de ejercicios anteriores, como con los de otras entidades diferentes. Para alcanzar dicho objetivo, la Norma establece, en primer lugar, requisitos generales para la presentación de los estados financieros y, a continuación, ofrece directrices para determinar su estructura, a la vez que fija los requisitos mínimos sobre su contenido. Tanto el reconocimiento, como la valoración y la información a revelar sobre determinadas transacciones y otros eventos, se abordan en otras Normas e Interpretaciones.
Esta Norma se aplicará a todo tipo de estados financieros con propósitos de información general, que sean elaborados y presentados conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
Esta Norma se aplicará a todo tipo de estados financieros con propósitos de información general, que sean elaborados y presentados conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF): Los estados financieros con propósitos de información general son aquéllos que pretenden cubrir las necesidades de los usuarios que no estén en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información. Los estados financieros con propósito de información general comprenden aquéllos que se presentan de forma separada, o dentro de otro documento de carácter público, como el informe anual o un folleto o prospecto de información bursátil. Esta Norma no será de aplicación a la estructura y contenido de los estados financieros intermedios que se presenten de forma condensada y se elaboren de acuerdo con la NIC 34 Información financiera intermedia. No obstante, los párrafos 13 a 41 serán aplicables a dichos estados. Las reglas fijadas en esta Norma se aplicarán de la misma manera a todas las entidades, con independencia de que elaboren estados financieros consolidados o separados, como se definen en la NIC 27 Estados financieros consolidados y separados.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 2 (NIC 2) EXISTENCIAS
Existencias
Esta Norma revisada sustituye a la NIC 2 (revisada en 1993) Existencias, y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada.
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las existencias. Un tema fundamental en la contabilidad de las existencias es la cantidad de coste que debe reconocerse como un activo, y ser diferido hasta que los correspondientes ingresos ordinarios sean reconocidos. Esta Norma suministra una guía práctica para la determinación de ese coste, así como para el posterior reconocimiento como un gasto del ejercicio, incluyendo también cualquier deterioro que rebaje el importe en libros al valor neto realizable. También suministra directrices sobre las fórmulas de coste que se utilizan para atribuir costes a las existencias.
Esta Norma será de aplicación a todas las existencias, excepto a:
La obra en curso, proveniente de contratos de construcción, incluyendo los contratos de servicio directamente relacionados (véase la NIC 11, Contratos de construcción);
Los instrumentos financieros
Los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola y productos agrícolas en el punto de cosecha o recolección (véase la NIC 41, Agricultura).
Los instrumentos financieros
Los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola y productos agrícolas en el punto de cosecha o recolección (véase la NIC 41, Agricultura).
Esta Norma no será de aplicación para la valoración de las existencias mantenidas por:
Productores de productos agrícolas y forestales, de productos agrícolas tras la cosecha o recolección, así como de minerales y productos minerales, siempre que sean medidos por su valor neto realizable, de acuerdo con prácticas bien consolidadas en esos sectores. En el caso de que esas existencias se midan al valor neto realizable, los cambios en este valor se reconocerán en el resultado del ejercicio en que se produzcan dichos cambios.
Intermediarios que comercien con materias primas cotizadas, siempre que valoren sus existencias al valor razonable menos los costes de venta. En el caso de que esas existencias se contabilicen por un importe que sea el valor razonable menos los costes de venta, los cambios en dicho importe se reconocerán en el resultado del ejercicio en que se produzcan los mismos.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 7 (NIC 7)
Estado de Flujos de Efectivo
La presente Norma, revisada en 1992, estará vigente para los estados financieros que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 1994, sustituyendo a la anterior NIC 7, Estado de Cambios en la Posición Financiera, aprobada por el Consejo del IASC en octubre de 1997.
El Objetivo
La información acerca de los flujos de efectivo es útil porque suministra a los usuarios de los estados financieros las bases para evaluar la capacidad que tiene la empresa para generar efectivo y equivalentes al efectivo, así como sus necesidades de liquidez. Para tomar decisiones económicas, los usuarios deben evaluar la capacidad que la empresa tiene para generar efectivo y equivalentes al efectivo, así como las fechas en que se producen y el grado de certidumbre relativa de su aparición. El objetivo de esta Norma es exigir a las empresas que suministren información acerca de los movimientos históricos en el efectivo y los equivalentes al efectivo a través de la presentación de un estado de flujos de efectivo, clasificados según que procedan de actividades de explotación, de inversión y de financiación.
Las empresas deben confeccionar un estado de flujos de efectivo, de acuerdo con los requisitos establecidos en esta Norma, y deben presentarlo como parte integrante de sus estados financieros, para cada ejercicio en que sea obligatoria la presentación de éstos. 2. Esta Norma sustituye a la antigua NIC 7, Estado de Cambios en la Posición Financiera, aprobada en julio de 1977.
Los usuarios de los estados financieros están interesados en saber cómo la empresa genera y utiliza el efectivo y los equivalentes al efectivo. Esta necesidad es independiente de la naturaleza de las actividades de la empresa, incluso cuando el efectivo pueda ser considerado como el producto de la empresa en cuestión, como puede ser el caso de las entidades financieras. Básicamente, las empresas necesitan efectivo por las mismas razones, por muy diferentes que sean las actividades que constituyen su principal fuente de ingresos ordinarios. En efecto, todas ellas necesitan efectivo para llevar a cabo sus operaciones, pagar sus obligaciones y suministrar rendimientos a sus inversores. De acuerdo con lo anterior, esta Norma exige a todas las empresas que presenten un estado de flujos de efectivo.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD N º 8 (NIC 8)
La presente Norma, revisada en 1992, estará vigente para los estados financieros que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 1994, sustituyendo a la anterior NIC 7, Estado de Cambios en la Posición Financiera, aprobada por el Consejo del IASC en octubre de 1997.
El Objetivo
La información acerca de los flujos de efectivo es útil porque suministra a los usuarios de los estados financieros las bases para evaluar la capacidad que tiene la empresa para generar efectivo y equivalentes al efectivo, así como sus necesidades de liquidez. Para tomar decisiones económicas, los usuarios deben evaluar la capacidad que la empresa tiene para generar efectivo y equivalentes al efectivo, así como las fechas en que se producen y el grado de certidumbre relativa de su aparición. El objetivo de esta Norma es exigir a las empresas que suministren información acerca de los movimientos históricos en el efectivo y los equivalentes al efectivo a través de la presentación de un estado de flujos de efectivo, clasificados según que procedan de actividades de explotación, de inversión y de financiación.
Las empresas deben confeccionar un estado de flujos de efectivo, de acuerdo con los requisitos establecidos en esta Norma, y deben presentarlo como parte integrante de sus estados financieros, para cada ejercicio en que sea obligatoria la presentación de éstos. 2. Esta Norma sustituye a la antigua NIC 7, Estado de Cambios en la Posición Financiera, aprobada en julio de 1977.
Los usuarios de los estados financieros están interesados en saber cómo la empresa genera y utiliza el efectivo y los equivalentes al efectivo. Esta necesidad es independiente de la naturaleza de las actividades de la empresa, incluso cuando el efectivo pueda ser considerado como el producto de la empresa en cuestión, como puede ser el caso de las entidades financieras. Básicamente, las empresas necesitan efectivo por las mismas razones, por muy diferentes que sean las actividades que constituyen su principal fuente de ingresos ordinarios. En efecto, todas ellas necesitan efectivo para llevar a cabo sus operaciones, pagar sus obligaciones y suministrar rendimientos a sus inversores. De acuerdo con lo anterior, esta Norma exige a todas las empresas que presenten un estado de flujos de efectivo.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD N º 8 (NIC 8)
Políticas contables
Cambios en las estimaciones contables y errores Esta Norma revisada sustituye a la NIC 8 Ganancia o pérdida neta del ejercicio, errores fundamentales y cambios en políticas contables, y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada.
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así como el tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambios en las políticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la corrección de errores. La Norma trata de realzar la relevancia y fiabilidad de los estados financieros de una entidad, así como la comparabilidad con los estados financieros emitidos por ésta en ejercicios anteriores, y con los elaborados por otras entidades.
Los requisitos de información a revelar relativos a las políticas contables, excepto los referentes a cambios en las políticas contables, han sido establecidos en la NIC 1 Presentación de estados financieros.
Esta Norma se aplicará en la selección y aplicación de las políticas contables, así como en la contabilización de los cambios en éstas y en las estimaciones contables, y en la corrección de errores de ejercicios anteriores. 4. El efecto impositivo de la corrección de los errores de ejercicios anteriores, así como de los ajustes retroactivos efectuados al realizar cambios en las políticas contables, se contabilizará de acuerdo con la NIC 12 Impuesto sobre las ganancias, y se revelará la información requerida por esta Norma.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 10 (NIC 10)
Hechos posteriores a la fecha del balance
Esta Norma revisada sustituye a la NIC 10 (revisada en 1999) Hechos posteriores a la fecha del balance, y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada.
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir:
Cuándo una entidad ajustará sus estados financieros por hechos posteriores a la fecha del balance; Las revelaciones que la entidad debe efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros han sido formulados o autorizados para su divulgación, así como respecto a los hechos posteriores a la fecha del balance. La Norma exige también, a la entidad, que no elabore sus estados financieros bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento, si los hechos posteriores a la fecha del balance indican que tal hipótesis de continuidad no resulta apropiada.
Esta Norma será aplicable en la contabilización y en la información a revelar correspondiente a los hechos posteriores a la fecha del balance.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 11 (NIC 11)
Contratos de Construcción
Esta Norma Internacional de Contabilidad revisada tendrá vigencia para los estados financieros que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 1995, sustituyendo a la antigua NIC 11, Contabilización de los Contratos de Construcción, aprobada por el Consejo en 1978. En mayo de 1999, la NIC 10 (revisada en 1999), Hechos Posteriores a la Fecha del Balance, modificó el párrafo 45. El texto modificado tendrá vigencia cuando entre en vigor la NIC 10 (revisada en 1999), es decir, para los estados financieros anuales que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2000.
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los ingresos ordinarios y los costes relacionados con los contratos de construcción. Debido a la naturaleza propia de la actividad llevada a cabo en los contratos de construcción, la fecha en que la actividad del contrato comienza y la fecha en la que termina el mismo caen, normalmente, en diferentes ejercicios contables, por tanto, la cuestión fundamental al contabilizar los contratos de construcción es la distribución de los ingresos ordinarios y los costes que cada uno de ellos genere, entre los ejercicios contables a lo largo de los cuales se ejecuta. Esta Norma utiliza los criterios establecidos en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros, con el fin de determinar cuándo se reconocen como ingresos ordinarios y costes en la cuenta de resultados los producidos por el contrato de construcción. También es una guía práctica sobre la aplicación de tales criterios.
Esta Norma debe ser aplicada para la contabilización de los contratos de construcción, en los estados financieros de los contratistas.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 12 (NIC 12)
Impuesto sobre las Ganancias
• SIC-21, Impuesto sobre las Ganancias – Recuperación de Activos no Depreciables Revalorizados;
• SIC-25, Impuesto sobre las Ganancias – Cambios en la Situación Fiscal de la Empresa o de sus Accionistas.
El Objetivo
El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto sobre las ganancias. El principal problema que se presenta al contabilizar el impuesto sobre las ganancias es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de:
La recuperación (liquidación) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se han reconocido en el balance de la empresa; y las transacciones y otros sucesos del ejercicio corriente que han sido objeto de reconocimiento en los estados financieros
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 14 (NIC 14)
Información Financiera por Segmentos
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es el establecimiento de las políticas de información financiera por segmentos; información sobre los diferentes tipos de productos y servicios que la empresa elabora y de las diferentes áreas geográficas en las que opera, con el fin de ayudar a los usuarios de los estados financieros a:
Entender mejor el rendimiento de la empresa en el pasado;
Evaluar mejor los rendimientos y riesgos de la empresa; y
Realizar juicios más informados acerca de la empresa en su conjunto.
Esta Norma es de aplicación a los conjuntos completos de estados financieros publicados que pretendan cumplir con las Normas Internacionales de Contabilidad.
Un conjunto completo de estados financieros comprende el balance, la cuenta de resultados, el estado de flujos de efectivo, el estado de cambios en el patrimonio neto y las notas explicativas, según se establece en la NIC 1, Presentación de Estados Financieros.
Esta Norma debe ser aplicada por las empresas cuyos títulos de capital o deuda coticen públicamente o por empresas que se encuentran en el proceso de emitir títulos para cotizar en mercados públicos de títulos.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 16 (NIC 16)
Inmovilizado material
EL Objetivo
Cambios en las estimaciones contables y errores Esta Norma revisada sustituye a la NIC 8 Ganancia o pérdida neta del ejercicio, errores fundamentales y cambios en políticas contables, y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada.
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así como el tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambios en las políticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la corrección de errores. La Norma trata de realzar la relevancia y fiabilidad de los estados financieros de una entidad, así como la comparabilidad con los estados financieros emitidos por ésta en ejercicios anteriores, y con los elaborados por otras entidades.
Los requisitos de información a revelar relativos a las políticas contables, excepto los referentes a cambios en las políticas contables, han sido establecidos en la NIC 1 Presentación de estados financieros.
Esta Norma se aplicará en la selección y aplicación de las políticas contables, así como en la contabilización de los cambios en éstas y en las estimaciones contables, y en la corrección de errores de ejercicios anteriores. 4. El efecto impositivo de la corrección de los errores de ejercicios anteriores, así como de los ajustes retroactivos efectuados al realizar cambios en las políticas contables, se contabilizará de acuerdo con la NIC 12 Impuesto sobre las ganancias, y se revelará la información requerida por esta Norma.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 10 (NIC 10)
Hechos posteriores a la fecha del balance
Esta Norma revisada sustituye a la NIC 10 (revisada en 1999) Hechos posteriores a la fecha del balance, y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada.
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir:
Cuándo una entidad ajustará sus estados financieros por hechos posteriores a la fecha del balance; Las revelaciones que la entidad debe efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros han sido formulados o autorizados para su divulgación, así como respecto a los hechos posteriores a la fecha del balance. La Norma exige también, a la entidad, que no elabore sus estados financieros bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento, si los hechos posteriores a la fecha del balance indican que tal hipótesis de continuidad no resulta apropiada.
Esta Norma será aplicable en la contabilización y en la información a revelar correspondiente a los hechos posteriores a la fecha del balance.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 11 (NIC 11)
Contratos de Construcción
Esta Norma Internacional de Contabilidad revisada tendrá vigencia para los estados financieros que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 1995, sustituyendo a la antigua NIC 11, Contabilización de los Contratos de Construcción, aprobada por el Consejo en 1978. En mayo de 1999, la NIC 10 (revisada en 1999), Hechos Posteriores a la Fecha del Balance, modificó el párrafo 45. El texto modificado tendrá vigencia cuando entre en vigor la NIC 10 (revisada en 1999), es decir, para los estados financieros anuales que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2000.
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los ingresos ordinarios y los costes relacionados con los contratos de construcción. Debido a la naturaleza propia de la actividad llevada a cabo en los contratos de construcción, la fecha en que la actividad del contrato comienza y la fecha en la que termina el mismo caen, normalmente, en diferentes ejercicios contables, por tanto, la cuestión fundamental al contabilizar los contratos de construcción es la distribución de los ingresos ordinarios y los costes que cada uno de ellos genere, entre los ejercicios contables a lo largo de los cuales se ejecuta. Esta Norma utiliza los criterios establecidos en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros, con el fin de determinar cuándo se reconocen como ingresos ordinarios y costes en la cuenta de resultados los producidos por el contrato de construcción. También es una guía práctica sobre la aplicación de tales criterios.
Esta Norma debe ser aplicada para la contabilización de los contratos de construcción, en los estados financieros de los contratistas.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 12 (NIC 12)
Impuesto sobre las Ganancias
• SIC-21, Impuesto sobre las Ganancias – Recuperación de Activos no Depreciables Revalorizados;
• SIC-25, Impuesto sobre las Ganancias – Cambios en la Situación Fiscal de la Empresa o de sus Accionistas.
El Objetivo
El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto sobre las ganancias. El principal problema que se presenta al contabilizar el impuesto sobre las ganancias es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de:
La recuperación (liquidación) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se han reconocido en el balance de la empresa; y las transacciones y otros sucesos del ejercicio corriente que han sido objeto de reconocimiento en los estados financieros
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 14 (NIC 14)
Información Financiera por Segmentos
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es el establecimiento de las políticas de información financiera por segmentos; información sobre los diferentes tipos de productos y servicios que la empresa elabora y de las diferentes áreas geográficas en las que opera, con el fin de ayudar a los usuarios de los estados financieros a:
Entender mejor el rendimiento de la empresa en el pasado;
Evaluar mejor los rendimientos y riesgos de la empresa; y
Realizar juicios más informados acerca de la empresa en su conjunto.
Esta Norma es de aplicación a los conjuntos completos de estados financieros publicados que pretendan cumplir con las Normas Internacionales de Contabilidad.
Un conjunto completo de estados financieros comprende el balance, la cuenta de resultados, el estado de flujos de efectivo, el estado de cambios en el patrimonio neto y las notas explicativas, según se establece en la NIC 1, Presentación de Estados Financieros.
Esta Norma debe ser aplicada por las empresas cuyos títulos de capital o deuda coticen públicamente o por empresas que se encuentran en el proceso de emitir títulos para cotizar en mercados públicos de títulos.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 16 (NIC 16)
Inmovilizado material
EL Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable del inmovilizado material, de forma que los usuarios de los estados financieros puedan conocer la información acerca de la inversión que la entidad tiene en su inmovilizado material, así como los cambios que se hayan producido en dicha inversión. Los principales problemas que presenta el reconocimiento contable del inmovilizado material son la contabilización de los activos, la determinación de su importe en libros y los cargos por amortización y pérdidas por deterioro que deben reconocerse con relación a los mismos.
Esta Norma se aplicará en la contabilización de los elementos de inmovilizado material, salvo cuando otra Norma Internacional de Contabilidad exija o permita un tratamiento contable diferente.
Esta Norma no será de aplicación a:
a) El inmovilizado material clasificado como mantenido para la venta de acuerdo con la NIIF 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas;
b) Los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 41 Agricultura);
c) El reconocimiento y valoración de activos para exploración y evaluación (véase la NIIF 6 Exploración y evaluación de recursos minerales); o
d) Los derechos mineros y reservas minerales tales como petróleo, gas natural y recursos no renovables similares.
No obstante, esta Norma será de aplicación a los elementos de inmovilizado material utilizados para desarrollar o mantener los activos descritos en (b) y (d).
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 17 (NIC 17)
Arrendamientos
El Objetivo
1. El objetivo de esta Norma es el de prescribir, para arrendatarios y arrendadores, las políticas contables adecuadas para contabilizar y revelar la información relativa a los arrendamientos. Alcance
2. Esta Norma será aplicable al contabilizar todos los tipos de arrendamientos que sean distintos de los:
· Acuerdos de arrendamiento para la exploración o uso de minerales, petróleo, gas natural y recursos no renovables similares
· Acuerdos sobre licencias para temas tales como películas, grabaciones en vídeo, obras de teatro, manuscritos, patentes y derechos de autor.
Sin embargo, esta Norma no será aplicable como base de la valoración de:
· Inmuebles poseídos por arrendatarios, en el caso de que los contabilicen como inversiones inmobiliarias (véase la NIC 40, Inversiones inmobiliarias)
· Inversiones inmobiliarias suministradas por arrendadores en régimen de arrendamiento operativo (véase la NIC 40)
· Activos biológicos poseídos por arrendatarios en régimen de arrendamiento financiero (véase la NIC 41, Agricultura)
· Activos biológicos suministrados por arrendadores en régimen de arrendamiento operativo (véase la NIC 41).
3. Esta Norma será de aplicación a los acuerdos mediante los cuales se ceda el derecho de uso de activos, incluso en el caso de que el arrendador quedara obligado a prestar servicios de cierta importancia en relación con la explotación o el mantenimiento de los citados bienes. Por otra parte, esta Norma no será de aplicación a los acuerdos que tienen la naturaleza de contratos de servicios, donde una parte no ceda a la otra el derecho a usar algún tipo de activo.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 18 (NIC 18)
Ingresos Ordinarios
El Objetivo
Los ingresos son definidos, en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros, como incrementos en los beneficios económicos producidos a lo largo del ejercicio en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como disminuciones de los pasivos, que dan como resultado aumentos del patrimonio neto y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios de la empresa. El concepto de ingreso comprende tanto los ingresos ordinarios en sí, como las ganancias. Los ingresos ordinarios, propiamente dichos, surgen en el curso de las actividades ordinarias de la empresa y adoptan una gran variedad de nombres, tales como ventas, comisiones, intereses, dividendos y regalías. El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable de los ingresos ordinarios que surgen de ciertos tipos de transacciones y otros eventos. La principal preocupación en la contabilización de ingresos ordinarios es determinar cuándo deben ser reconocidos. El ingreso ordinario es reconocido cuando es probable que los beneficios económicos futuros fluyan a la empresa y estos beneficios puedan ser valorados con fiabilidad. Esta Norma identifica las circunstancias en las cuales se cumplen estos criterios para que los ingresos ordinarios sean reconocidos. También proporciona directrices prácticas para la aplicación de estos criterios.
Esta Norma debe ser aplicada al contabilizar los ingresos ordinarios procedentes de las siguientes transacciones y sucesos:
La venta de productos
La prestación de servicios
El uso, por parte de terceros, de activos de la empresa que produzcan intereses, regalías y dividendo
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 19 (NIC 19)
Retribuciones a los Empleados
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable y la revelación de información financiera respecto de las retribuciones a los empleados. En esta Norma se obliga a las empresas a reconocer:
Un pasivo cuando el empleado ha prestado los servicios a cambio del derecho de recibir pagos en el futuro; y
Un gasto cuando la empresa ha consumido el beneficio económico procedente del servicio prestado por el empleado a cambio de las retribuciones en cuestión.
Esta Norma se aplicará por los empleadores al contabilizar todas las retribuciones de los empleados, excepto aquéllas a las que sea de aplicación la NIIF 2 Pagos basados en acciones.
Esta Norma no trata de la información que deben suministrar los planes de retribuciones a los empleados (véase la NIC 26, Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Prestaciones por Retiro).
Las retribuciones de los empleados a las que se aplica esta Norma comprenden las que proceden de:
Planes u otro tipo de acuerdos formales celebrados entre una empresa y sus empleados, ya sea individualmente, con grupos particulares de empleados o con sus representantes;
Exigencias legales o acuerdos tomados en determinados sectores industriales, en virtud de los cuales las empresas se ven obligadas a realizar aportaciones a planes nacionales, provinciales, sectoriales u otros de carácter multiempresarial; o
Prácticas no formalizadas que dan lugar a obligaciones de pago implícitas para la empresa. Las prácticas no formalizadas dan lugar a obligaciones de pago implícitas cuando la empresa no tiene más alternativa que hacer frente a los pagos derivados de las retribuciones comprometidas.
Un ejemplo de la existencia de una obligación implícita es cuando un eventual cambio en las prácticas no formalizadas de la empresa puede causar un daño inaceptable en las relaciones que la misma mantiene con sus empleados.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 20 (NIC 20)
Contabilización de las Subvenciones Oficiales e Información a Revelar sobre Ayudas Públicas
El Objetivo
Esta Norma trata sobre la contabilización e información a revelar acerca de las subvenciones oficiales, así como de la información a revelar sobre otras formas de ayudas públicas. 2. La Norma no se ocupa de:
Los problemas especiales que aparecen en la contabilización de subvenciones oficiales dentro de estados financieros que reflejen los efectos de cambios en los precios, o en información complementaria de similar naturaleza;
Ayudas públicas que se conceden a la empresa en forma de ventajas que se materializan al calcular los resultados a efectos fiscales o bien se determinan o limitan sobre la base de las obligaciones fiscales (tales como exenciones fiscales, créditos fiscales a la inversión, amortizaciones aceleradas y tipos impositivos reducidos);
Participaciones de las Administraciones Públicas en la propiedad de la empresa;
Las subvenciones oficiales cubiertas por la NIC 41, Agricultura.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 21 (NIC 21)
Efectos de las variaciones en los tipos de cambio de la moneda extranjera
El Objetivo
Una entidad podrá llevar a cabo actividades en el extranjero de dos maneras diferentes. Puede realizar transacciones en moneda extranjera o bien puede tener negocios en el extranjero. Además, la entidad podrá presentar sus estados financieros en una moneda extranjera. El objetivo de esta norma es prescribir cómo se incorporan, en los estados financieros de una entidad, las transacciones en moneda extranjera y los negocios en el extranjero, y cómo convertir los estados financieros a la moneda de presentación elegida.
Los principales problemas que se presentan son el tipo o tipos de cambio a utilizar, así como la manera de informar sobre los efectos de las variaciones en los tipos de cambio dentro de los estados financieros.
Esta Norma se aplicará:
Al contabilizar las transacciones y saldos en moneda extranjera, salvo las transacciones y saldos con derivados que estén dentro del alcance de la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración;
Al convertir los resultados y la situación financiera de los negocios en el extranjero que se incluyan en los estados financieros de la entidad, ya sea por consolidación, por consolidación proporcional o por el método de la participación; y
Al convertir los resultados y la situación financiera de la entidad a una moneda de presentación.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 23 (NIC 23)
Costos por Intereses
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los costes por intereses. La Norma establece, como regla general, el reconocimiento inmediato de los costes por intereses como gastos. No obstante, el Pronunciamiento contempla, como tratamiento alternativo permitido, la capitalización de los costes por intereses que sean directamente imputables a la adquisición, construcción o producción de algunos activos que cumplan determinadas condiciones.
Esta Norma debe ser aplicada en la contabilización de los costos por intereses.
Esta Norma deroga a la anterior NIC 23, Capitalización de Intereses, aprobada en 1983.
Esta Norma no se ocupa del coste, efectivo o imputado, del patrimonio neto, entendiendo también como tal, el capital preferente no incluido como pasivo.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 24 (NIC 24)
Información a revelar sobre partes vinculadas
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es asegurar que los estados financieros de una entidad contengan la información necesaria para poner de manifiesto la posibilidad de que tanto la posición financiera como el resultado del ejercicio, puedan haberse visto afectados por la existencia de partes vinculadas, así como por transacciones realizadas y saldos pendientes con ellas.
Esta Norma será aplicable en:
La identificación de relaciones y transacciones entre partes vinculadas;
La identificación de los saldos pendientes entre una entidad y sus partes vinculadas;
La identificación de las circunstancias en las que se exige revelar información sobre los apartados.
Esta Norma exige revelar información sobre las transacciones con partes vinculadas y los saldos pendientes con ellas, en los estados financieros separados de una dominante, un partícipe en un negocio conjunto o un inversor, elaborados de acuerdo con la NIC 27 Estados financieros consolidado y separado.
Las transacciones y los saldos pendientes con otras entidades del grupo que sean partes vinculadas, se revelarán dentro de los estados financieros de la entidad. Las transacciones intragrupo entre partes vinculadas, así como los saldos pendientes con ellas, se eliminarán en el proceso de elaboración de los estados financieros consolidados del grupo.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 26 (NIC 26)
Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Prestaciones por Retiro
El Objetivo
Esta Norma se aplica en la elaboración de informes de los planes de prestaciones por retiro, cuando tales informes se elaboren y presenten.
Los planes de prestaciones por retiro son conocidos, en ocasiones, con otros nombres, tales como «planes de pensiones» o «sistemas complementarios de prestaciones por jubilación». Los planes de prestaciones por retiro se consideran, en la Norma, como entidades distintas de los empleadores y de las personas que participan en dichos planes. El resto de las Normas Internacionales de Contabilidad serán aplicables a las informaciones sobre los planes de prestaciones por retiro, en la medida en que no queden derogadas por la presente Norma.
Esta Norma trata de la contabilidad y la información a presentar, por parte del plan, a todos los partícipes, entendidos como un grupo. No trata sobre las informaciones individuales a los partícipes acerca de sus derechos adquiridos.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 27 (NIC 27)
Estados financieros consolidados y separados
El Objetivo
Está Norma será de aplicación en la elaboración y presentación de los estados financieros consolidados de un grupo de entidades bajo el control de una dominante.
Esta Norma no aborda los métodos para contabilizar las combinaciones de negocios ni sus efectos en la consolidación, entre los que se encuentra el tratamiento del fondo de comercio surgido de la combinación de negocios (véase la NIIF 3 Combinación de negocios).
En el caso de que la entidad que presente los estados financieros haya elegido, o esté obligada, por las regulaciones locales, a elaborar estados financieros separados, aplicará también esta Norma al contabilizar las inversiones en dependientes, entidades controladas conjuntamente y asociadas.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 28 (NIC 28)
Inversiones en Entidades Asociadas
El Objetivo
Esta Norma se aplicará al contabilizar las inversiones en asociadas. No obstante, no será de aplicación a las inversiones en asociadas mantenidas por:
Entidades de capital riesgo
Instituciones de inversión colectiva, como fondos de inversión u otras entidades similares, entre las que se incluyen los fondos de seguro ligados a inversiones que desde su reconocimiento inicial hayan sido designadas para ser contabilizadas al valor razonable con cambios en el resultado del ejercicio, o se hayan clasificado como mantenidas para negociar y se contabilicen de acuerdo con la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración. Estas inversiones se medirán al valor razonable, de acuerdo con la NIC 39, y los cambios en el mismo se reconocerán en el resultado del ejercicio en que tengan lugar dichos cambios.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 29 (NIC 29)
Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias
El Objetivo
La presente Norma será de aplicación a los estados financieros individuales, así como a los estados financieros consolidados, de una entidad cuya moneda funcional sea la moneda correspondiente a una economía hiperinflacionaria.
No resulta útil, en el seno de una economía hiperinflacionaria, presentar los resultados de las operaciones y la situación financiera en la moneda local, sin someterlos a un proceso de re expresión. En este tipo de economías, la unidad monetaria pierde poder de compra a un ritmo tal, que resulta equívoca cualquier comparación entre las cifras procedentes de transacciones y otros acontecimientos ocurridos en diferentes momentos del tiempo, incluso dentro de un mismo ejercicio.
Esta Norma no establece una tasa de inflación absoluta para considerar que, al sobrepasarla, surge el estado de hiperinflación. Es, por el contrario, un problema de criterio juzgar cuándo se hace necesario re expresar los estados financieros de acuerdo con la presente Norma. El estado de hiperinflación viene indicado por las características del entorno económico del país, entre las cuales se incluyen, de forma no exhaustiva, las siguientes:
La población en general prefiere conservar su riqueza en forma de activos no monetarios, o bien en una moneda extranjera relativamente estable; además, las cantidades de moneda local obtenidas son invertidas inmediatamente para mantener la capacidad adquisitiva de la misma
La población en general no toma en consideración las cantidades monetarias en términos de moneda local, sino que lo hace en términos de otra moneda extranjera relativamente estable; los precios pueden establecerse en esta otra moneda; (c) las ventas y compras a crédito tienen lugar a precios que compensan la pérdida de poder adquisitivo esperada durante el aplazamiento, incluso cuando el periodo es corto
Los tipos de interés, salarios y precios se ligan a la evolución de un índice de precios
La tasa acumulada de inflación en tres años se aproxima o sobrepasa el 100%. 4. Es preferible que todas las empresas que presentan información en la moneda de la misma economía hiperinflacionaria apliquen esta Norma desde la misma fecha. Sin perjuicio de lo anterior, esta Norma es aplicable a los estados financieros de cualquier empresa desde el comienzo del ejercicio en el que se identifique la existencia de hiperinflación en el país en cuya moneda presenta la información.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 30 (NIC 30)
Informaciones a Revelar en los Estados Financieros de Bancos y Entidades Financieras Similares
El Objetivo
Esta Norma debe ser aplicada en la preparación de los estados financieros de los bancos y otras entidades financieras similares (a las que se hará referencia en lo sucesivo también como bancos).
Para los propósitos de la Norma, el término «banco» incluye a todas las entidades financieras que tienen, como una de sus actividades principales, la de tomar depósitos y préstamos con el objetivo de dar, a su vez, créditos o préstamos y realizar inversiones, y cuyas actividades se encuentran bajo el ámbito de la legislación bancaria u otra equivalente. La Norma es de aplicación para tales empresas, ya contengan o no en su denominación la palabra «banco».
En todos los países del mundo, los bancos representan un significativo e influyente sector empresarial. La gran mayoría de los individuos y las organizaciones hacen uso de los servicios bancarios, ya sea como depositantes o como prestatarios. Los bancos juegan un importante papel en el mantenimiento de la confianza en el sistema monetario, a causa de su estrecha relación con las autoridades monetarias y los gobiernos, así como por las regulaciones que dichas entidades les imponen. Por tanto, existe un considerable y amplio interés en el bienestar de los bancos, y en particular en su solvencia y liquidez, así como en el grado relativo de riesgo que corresponde a los diferentes tipos de operaciones que realizan. La operatoria de los bancos es diferente de la que corresponde a otras empresas comerciales, y por tanto las exigencias contables y de información son también distintas. En esta Norma se reconocen tales necesidades particulares. En ella también se anima a la inclusión de información adicional, dentro de los estados financieros, que versen sobre asuntos tales como la gestión y control de la liquidez y del riesgo.
Esta Norma complementa al resto de las Normas Internacionales de Contabilidad, que también son aplicables a los bancos, a menos que se especifique lo contrario en el texto de cualquiera de ellas.
La Norma es de aplicación tanto a los estados financieros individuales como a los consolidados de los bancos. Cuando un grupo lleva a cabo operaciones bancarias, la Norma será de aplicación, con respecto a tales operaciones, en los estados consolidados.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 31 (NIC 31)
Participaciones en negocios conjuntos
El Objetivo
Esta Norma se aplicará al contabilizar las participaciones en negocios conjuntos, así como para informar sobre sus activos, pasivos, gastos e ingresos en los estados financieros de los partícipes e inversores, con independencia de las estructuras o formas que adopten las actividades llevadas a cabo por tales negocios conjuntos. No obstante, no será de aplicación en las participaciones en negocios conjuntos mantenidas por:
Entidades de capital riesgo.
Instituciones de inversión colectiva como fondos de inversión u otras entidades similares, entre las que se incluyen los fondos de seguro ligados a inversiones que, desde su reconocimiento inicial, hayan sido designados para ser contabilizadas al valor razonable con cambios en el resultado del ejercicio, o se hayan clasificado como mantenidas para negociar y se contabilicen de acuerdo con la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración. Estas inversiones se medirán al valor razonable, de acuerdo con la NIC 39, y los cambios en el mismo se reconocerán en el resultado del ejercicio en que tengan lugar dichos cambios.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 32 (NIC 32)
Instrumentos financieros: Presentación
El Objetivo
El objetivo de esta Norma consiste en establecer principios para la presentación de los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio neto, así como para la compensación de activos financieros y pasivos financieros. Se aplicará en la clasificación de los instrumentos financieros, desde la perspectiva del emisor, en activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; en la clasificación de los intereses, dividendos y pérdidas y ganancias relacionados con ellos, y en las circunstancias en que los activos financieros y los pasivos financieros puedan ser objeto de compensación.
Los principios de esta Norma complementan los relativos al reconocimiento y valoración de los activos financieros y pasivos financieros de la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración, así como los relativos a la información a revelar sobre los mismos de la NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 33 (NIC 33)
Ganancias por acción
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es establecer los principios para la determinación y presentación de la cifra de ganancias por acción de las entidades, cuyo efecto será el de mejorar la comparación de los rendimientos entre diferentes entidades en el mismo periodo, así como entre diferentes periodos para la misma entidad. Aunque el indicador de las ganancias por acción tiene limitaciones a causa de las diferentes políticas contables que pueden utilizarse para determinar las “ganancias”, la utilización de un denominador calculado de forma uniforme mejora la información financiera ofrecida. El punto central de esta Norma es el establecimiento del denominador en el cálculo de las ganancias por acción.
Esta Norma será aplicada por las entidades cuyas acciones ordinarias u ordinarias potenciales coticen públicamente, así como por las entidades que estén en proceso de emitir acciones ordinarias, o acciones ordinarias potenciales, en los mercados públicos de valores.
Cualquier entidad que presente la cifra de ganancias por acción, la calculará y presentará de acuerdo con esta Norma.
En el caso de que una entidad presente estados financieros separados y estados financieros consolidados de acuerdo con la NIC 27 Estados financieros consolidados y separados, las revelaciones de información requeridas por esta Norma sólo serán obligatorias con referencia a la información consolidada. La entidad que elija revelar las ganancias por acción en sus estados financieros separados, sólo presentará dicha cifra en su cuenta de resultados separada. Por tanto, la entidad no presentará la información sobre las anteriores ganancias por acción en los estados financieros consolidados.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 34 (NIC 34)
Información Financiera Intermedia
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es establecer el contenido mínimo de la información financiera intermedia así como establecer los criterios para el reconocimiento y la valoración que deben seguirse en la elaboración de los estados financieros intermedios, ya se presenten de forma completa o condensada. La información financiera intermedia, si se presenta en el momento oportuno y contiene datos fiables, mejora la capacidad que los inversores, prestamistas y otros usuarios tienen para entender la capacidad de la empresa para generar beneficios y flujos de efectivo, así como su fortaleza financiera y liquidez.
En esta Norma no se establece qué empresas están obligadas a publicar estados financieros intermedios, ni tampoco la frecuencia con la que deben hacerlo ni cuánto tiempo debe transcurrir desde el final del periodo contable intermedio hasta la aparición de la información intermedia. No obstante, las Administraciones Públicas, las comisiones de valores, las bolsas de valores y los organismos profesionales contables obligan, frecuentemente, a las empresas cuyos valores cotizan en mercados de acceso público, a presentar información financiera intermedia. Esta Norma es de aplicación tanto si la empresa está obligada a publicar este tipo de información, como si ella misma decide publicar información financiera intermedia siguiendo las Normas Internacionales de Contabilidad. El Comité de Normas Internacionales de Contabilidad aconseja a las empresas cuyos títulos cotizan en los mercados, que suministren estados financieros intermedios que cumplan con los criterios de reconocimiento, valoración y presentación establecidos en esta Norma. Más específicamente, se aconseja a las empresas con valores cotizados en bolsa que:
Publiquen, al menos, estados financieros intermedios referidos al primer semestre de cada uno de sus periodos contables anuales; y además que
Pongan sus estados financieros intermedios a disposición de los usuarios en un plazo no superior a 60 días tras la finalización del periodo contable intermedio.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 36 (NIC 36)
Deterioro del valor de los activos
El Objetivo
El objetivo de esta Norma consiste en establecer los procedimientos que una entidad aplicará para asegurarse de que sus activos están contabilizados por un importe que no sea superior a su importe recuperable. Un activo estará contabilizado por encima de su importe recuperable cuando su importe en libros exceda del importe que se pueda recuperar del mismo a través de su utilización o de su venta. Si este fuera el caso, el activo se presentaría como deteriorado, y la Norma exige que la entidad reconozca una pérdida por deterioro del valor de ese activo. En la Norma también se especifica cuándo la entidad revertirá la pérdida por deterioro del valor, así como la información a revelar.
Esta Norma se aplicará en la contabilización del deterioro del valor de todos los activos, distintos de:
Existencias (véase la NIC 2, Existencias)
Activos surgidos de los contratos de construcción (véase la NIC 11, Contratos de construcción)
Activos por impuestos diferidos (véase la NIC 12, Impuesto sobre las ganancias);
Activos procedentes de retribuciones a los empleados (véase la NIC 19, Retribuciones a los empleados)
Activos financieros que se incluyan dentro del alcance de la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración
Inversiones inmobiliarias que se valoren según su valor razonable (véase la NIC 40, Inversiones inmobiliarias)
Activos biológicos relacionados con la actividad agrícola, que se valoren según su valor razonable menos los costes estimados en el punto de venta (véase la NIC 41, Agricultura).
Costos de adquisición diferidos, así como activos intangibles derivados de los derechos contractuales de una aseguradora en contratos de seguros que estén dentro del alcance de la NIIF 4 Contratos de seguro
Activos no corrientes (o grupos enajenables de elementos) clasificados como mantenidos para la venta de acuerdo con la NIIF 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 37 (NIC 37)
Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es asegurar que se utilicen las bases apropiadas para el reconocimiento y la valoración de las provisiones, activos y pasivos de carácter contingente, así como que se revele la información complementaria suficiente por medio de las notas, como para permitir a los usuarios comprender la naturaleza, calendario de vencimiento e importes, de las anteriores partidas.
Esta Norma se aplicará por todas las entidades en la contabilización de las provisiones, pasivos y activos contingentes, excepto:
Aquéllos que se deriven de los contratos pendientes de ejecución, excepto cuando el contrato sea oneroso.
Aquéllos cubiertos por otra Norma.
Esta Norma no se aplicará a los instrumentos financieros (incluyendo las garantías) que estén dentro del alcance de la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración.
Los contratos pendientes de ejecución son aquéllos en los que las partes no han cumplido ninguna de las obligaciones a las que se comprometieron o bien que ambas partes han ejecutado parcialmente, y en igual medida, sus compromisos. Esta Norma no se aplica a los contratos pendientes de ejecución, salvo que tengan carácter oneroso para la empresa.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 38 (NIC 38)
Activos intangibles
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados específicamente en otra Norma. Esta Norma requiere que las entidades reconozcan un activo intangible si, y sólo si, se cumplen ciertos criterios. La Norma también especifica cómo determinar el importe en libros de los activos intangibles, y exige la revelación de información específica sobre estos activos.
Esta Norma se aplicará por todas las entidades al contabilizar los activos intangibles, excepto en los siguientes casos:
Activos intangibles que estén tratados en otras Normas
Activos financieros, definidos en la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración;
El reconocimiento y valoración de activos para exploración y evaluación (véase la NIIF 6 Exploración y evaluación de recursos minerales)
Desembolsos relacionados con el desarrollo y extracción de minerales, petróleo, gas natural y recursos no renovables similares.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 39 (NIC 39)
Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración
El Objetivo
El objetivo de esta Norma consiste en establecer los principios para el reconocimiento y valoración de los activos financieros, los pasivos financieros y de algunos contratos de compra o venta de elementos no financieros. Las disposiciones para la presentación de información sobre los instrumentos financieros figuran en la NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación. Las disposiciones relativas a la información a revelar sobre instrumentos financieros están en la NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar.
Esta Norma se aplicará por todas las entidades, y a toda clase de instrumentos financieros, excepto:
Las participaciones en entidades dependientes, asociadas y negocios conjuntos, que se contabilicen según establecen la NIC 27 Estados financieros consolidados y separados, la NIC 28 Inversiones en entidades asociadas, y la NIC 31 Participaciones en negocios conjuntos. No obstante, las entidades aplicarán lo dispuesto en esta Norma a las participaciones en dependientes, asociadas o negocios conjuntos que, de acuerdo con las NIC 27, 28 ó 31, se deban contabilizar de acuerdo con esta Norma. Las entidades aplicarán esta Norma a los derivados sobre participaciones en dependientes, asociadas o negocios conjuntos, a menos que el derivado cumpla la definición de instrumento de patrimonio de la entidad, recogida en la NIC 32.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 40 (NIC 40)
Inversiones inmobiliarias
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las inversiones inmobiliarias y las exigencias de revelación de información correspondientes.
Esta Norma será aplicable en el reconocimiento, valoración y revelación de información de las inversiones inmobiliarias.
Entre otras cosas, esta Norma será aplicable para la valoración en los estados financieros de un arrendatario, de los derechos sobre un inmueble mantenido en régimen de arrendamiento y que se contabilice como un arrendamiento financiero, también se aplicará para la valoración en los estados financieros de un arrendador, de las inversiones inmobiliarias arrendadas en régimen de arrendamiento operativo. Esta Norma no trata los problemas cubiertos en la NIC 17 Arrendamientos, entre los que se incluyen los siguientes:
Clasificación de los arrendamientos como arrendamientos financieros u operativos
Reconocimiento de las rentas por arrendamiento de inversiones inmobiliarias (ver también NIC 18 Ingresos ordinarios)
Valoración, en los estados financieros del arrendatario, de los derechos sobre inmuebles mantenidos en régimen arrendamiento operativo;
Valoración, en los estados financieros del arrendador, de su inversión neta en un arrendamiento financiero
Contabilización de las transacciones de venta con arrendamiento posterior
Información a revelar sobre arrendamientos financieros y operativos
Esta Norma no será de aplicación a:
Los activos biológicos adheridos a terrenos y relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 41, Agricultura)
Las inversiones en derechos mineros, exploración y extracción de minerales, petróleo, gas natural y otros recursos no renovables similares.
NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 41 (NIC 41)
Agricultura
El Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable, la presentación en los estados financieros y la información a revelar en relación con la actividad agrícola..
Esta Norma debe aplicarse para la contabilización de lo siguiente, siempre que se encuentre relacionado con la actividad agrícola:
Activos biológicos.
Productos agrícolas en el punto de su cosecha o recolección.
Subvenciones oficiales comprendidas en los párrafos 34 y 35.
Esta Norma no es de aplicación a:
Los terrenos relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 16 Inmovilizado material, así como la NIC 40 Inversiones inmobiliarias).
Los activos inmateriales relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 38 Activos intangibles).
Esta Norma se aplica a los productos agrícolas, que son los productos obtenidos de los activos biológicos de la empresa, pero sólo en el punto de su cosecha o recolección. A partir de entonces será de aplicación la NIC 2, Existencias, u otras Normas Internacionales de Contabilidad relacionadas con los productos obtenidos. De acuerdo con ello, esta Norma no trata del procesamiento de los productos agrícolas tras la cosecha o recolección; por ejemplo, el que tiene lugar con las uvas para su transformación en vino por parte del viticultor que las ha cultivado. Aunque tal procesamiento pueda constituir una extensión lógica y natural de la actividad agrícola y los eventos que tienen lugar guardan alguna similitud con la transformación biológica, tales procesamientos no están incluidos en la definición de actividad agrícola empleada en esta Norma.
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA Nº 1 (NIIF 1)
Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera
El Objetivo
El objetivo de esta NIIF es asegurar que los primeros estados financieros con arreglo a las NIIF de una entidad, así como sus informes financieros intermedios, relativos a una parte del ejercicio cubierto por tales estados financieros, contienen información de alta calidad que:
Sea transparente para los usuarios y comparable para todos los ejercicios que se presenten
Suministre un punto de partida adecuado para la contabilización según las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Pueda ser obtenida a un coste que no exceda a los beneficios proporcionados a los usuarios.
Una entidad aplicará esta NIIF en:
Sus primeros estados financieros con arreglo a las NIIF
En cada informe financiero intermedio que, en su caso, presente de acuerdo con la NIC 34 Información Financiera Intermedia, relativos a una parte del ejercicio cubierto por sus primeros estados financieros con arreglo a las NIIF.
NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA Nº 2 (NIIF 2)
Pagos basados en acciones
El Objetivo
El objetivo de esta NIIF consiste en especificar la información financiera que ha de incluir una entidad cuando lleve a cabo una transacción con pagos basados en acciones. En concreto, requiere que la entidad refleje en el resultado del ejercicio y en su posición financiera, los efectos de las transacciones con pagos basados en acciones, incluyendo los gastos asociados a las transacciones en las que se conceden opciones sobre acciones a los empleados.
La entidad aplicará esta NIIF en la contabilización de todas las transacciones con pagos basados en acciones, incluyendo:
Transacciones con pagos basados en acciones liquidados mediante instrumentos de patrimonio, en las que la entidad reciba bienes o servicios a cambio de instrumentos de patrimonio de la misma (incluyendo acciones u opciones sobre acciones).
Transacciones con pagos basados en acciones liquidados en efectivo, en las que la entidad adquiera bienes o servicios, incurriendo en pasivos con el proveedor de esos bienes o servicios por importes que se basen en el precio (o en el valor) de las acciones de la entidad o de otros instrumentos de patrimonio de la misma.
Transacciones en las que la entidad reciba o adquiera bienes o servicios, y los términos del acuerdo proporcionen a la entidad o al proveedor de dichos bienes o servicios, la opción de liquidar la transacción en efectivo (o con otros activos) o mediante la emisión de instrumentos de patrimonio.
NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA Nº 3 (NIIF 3)
Combinaciones de negocios
El Objetivo
El objetivo de esta NIIF consiste en especificar la información financiera a revelar por una entidad cuando lleve a cabo una combinación de negocios. En particular, especifica que todas las combinaciones de negocios se contabilizarán aplicando el método de adquisición. En función del mismo, la entidad adquirente reconocerá los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables de la entidad adquirida por sus valores razonables, en la fecha de adquisición y también reconocerá el fondo de comercio, que se someterá a pruebas para detectar cualquier deterioro de su valor, en vez de amortizarse.
Esta NIIF no será de aplicación a:
Combinaciones de negocios en las que se combinan entidades o negocios separados para constituir un negocio conjunto.
Combinaciones de negocios entre entidades o negocios bajo control común.
Combinaciones de negocios en las que intervengan dos o más entidades de carácter mutualista.
Combinaciones de negocios en las que, mediante un contrato, entidades o negocios separados se combinan para constituir únicamente una entidad que informa, pero sin obtener ninguna participación en la propiedad (por ejemplo, las combinaciones en las que entidades separadas se combinan por medio de un contrato para constituir una sociedad con dos valores negociados).
NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA Nº 4 (NIIF 4)
Contratos de seguro
El Objetivo
El objetivo de esta NIIF consiste en especificar la información financiera que debe ofrecer, sobre los contratos de seguro, la entidad emisora de dichos contratos (que en esta NIIF se denomina aseguradora), hasta que el Consejo complete la segunda fase de este proyecto sobre contratos de seguro. En particular, esta NIIF requiere:
Realizar un conjunto de mejoras limitadas en la contabilización de los contratos de seguro por parte de las aseguradoras.
Instrumentos financieros que emita con un componente de participación discrecional (véase el párrafo 35). La NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar requiere la revelación de información sobre los instrumentos financieros, incluyendo los instrumentos que contengan dicho componente.
La entidad aplicará esta NIIF a los:
Contratos de seguro (incluyendo también los contratos de reaseguro que acepte) que emita y los contratos de reaseguro que ceda.
Instrumentos financieros que emita con un componente de participación discrecional. La NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar requiere la revelación de información sobre los instrumentos financieros, incluyendo los instrumentos que contengan dicho componente.
NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA Nº 5 (NIIF 5)
Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas
El Objetivo
El objetivo de esta NIIF es especificar el tratamiento contable de los activos mantenidos para la venta, así como la presentación e información a revelar sobre las actividades interrumpidas. En particular, la NIIF exige que:
Los activos que cumplan los requisitos para ser clasificados como mantenidos para la venta, sean valorados al menor valor entre su importe en libros y su valor razonable menos los costes de venta, así como que cese la amortización de dichos activos.
Los activos que cumplan los requisitos para ser clasificados como mantenidos para la venta, se presenten de forma separada en el balance, y que los resultados de las actividades interrumpidas se presenten por separado en la cuenta de resultados.
Los activos clasificados como no corrientes de acuerdo con la NIC 1 Presentación de estados financieros (revisada en 2003) no se reclasificarán como activos corrientes hasta que cumplan los requisitos para ser clasificados como mantenidos para la venta de acuerdo con esta NIIF. Los activos de una clase que la entidad normalmente considere como no corrientes y se hayan adquirido exclusivamente con la finalidad de revenderlos, no se clasificarán como corrientes a menos que cumplan los criterios para ser clasificados como mantenidos para la venta de acuerdo con esta NIIF.
NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA Nº 6 (NIIF 6)
Exploración y evaluación de recursos minerales
El Objetivo
El objetivo de esta NIIF es especificar la información financiera relativa a la exploración y la evaluación de recursos minerales. 2 En concreto, esta NIIF requiere:
Determinadas mejoras en las prácticas contables existentes para los desembolsos relacionados con la exploración y evaluación.
Que las entidades que reconozcan activos para exploración y evaluación realicen una comprobación del deterioro del valor de los mismos de acuerdo con esta NIIF, y valoren el posible deterioro de acuerdo con la NIC 36 Deterioro del valor de los activos.
revelar información que identifique y explique los importes que surjan, en los estados financieros de la entidad, derivados de la exploración y evaluación de recursos minerales, a la vez que ayude a los usuarios de esos estados financieros a comprender el importe, calendario y certidumbre asociados a los flujos de efectivo futuros de los activos para exploración y evaluación reconocidos.
Una entidad aplicará esta NIIF a los desembolsos relacionados con la exploración y evaluación en los que incurra.
La NIIF no aborda otros aspectos relativos a la contabilización de las entidades dedicadas a la exploración y evaluación de recursos minerales.
La entidad no aplicará la NIIF a los desembolsos en los que haya incurrido:
Antes de la exploración y evaluación de los recursos minerales, tales como desembolsos en los que la entidad incurra antes de obtener el derecho legal a explorar un área determinada.
Después de que sea demostrable la factibilidad técnica y la viabilidad comercial de la extracción de un recurso mineral.
NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA Nº 7 (NIIF 7)
Instrumentos financieros: Información a revelar
El Objetivo
El objetivo de esta NIIF es requerir a las entidades que, en sus estados financieros, revelen información que permita a los usuarios evaluar:
La relevancia de los instrumentos financieros en la situación financiera y en el rendimiento de la entidad.
La naturaleza y alcance de los riesgos procedentes de los instrumentos financieros a los que la entidad se haya expuesto durante el ejercicio y en la fecha de presentación, así como la forma de gestionar dichos riesgos.
Los principios de esta NIIF complementan a los de reconocimiento, valoración y presentación de los activos financieros y los pasivos financieros de la NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación y de la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración.
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